CONSTITUCION ESPAÑOLA

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CAPITULO SEGUNDO
Derechos y libertades

SECCION PRIMERA
De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

ARTICULO 20

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La ley regulará la organización social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Titulo, en los preceptos de las leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.


Anoche para poder dormir me tuve que tomar una aspirina, harta de llorar porque me insultaron, moralmente me destrozaron.
Solo pienso decir que no voy a retirar nada de lo que aquí he colgado, escrito.
Os odio, siempre lo are, aunque pensaba que no podía ser capaz, pues lo soy, soy capaz de odiaros y de mucho más.
Pienso que no he escrito nada de lo que podáis avergonzaros, si es así, lo siento, pero no pienso quitarlo. Y bueno, lo habéis fastidiado, me habéis hartado, si las noches buenas eran difíciles, ahora serán aún peor.
No os entiendo mi empatía no llega a más.
si me cortan internet seguiré desde otro ordenador...me da igual las ostias que me deis, sigo en mis trece esto no me lo quita ni DIOS!
Y pienso decir más, mucho más.
A quién le joda,…que se joda. Muchas gracias. Persefone ha tocado fondo.

4 Comments

AH! KIEN TENGA HUEVOS KE ME LO DISCUTA! OK??

Piensa que hablas de una constitucion paccionada en un momento muy muy delicado para España, con lo cual es un documento deliberada y completamente ambiguo y vago de redaccion y contenido, lo que lleva a que venga alguien y te monte una ley organica que interprete, desarrolle y regule todo lo que has dicho curiosamente siempre en su favor. Siempre te queda el defensor del pueblo, y la cuestion de inconstitucionalidad.
Venga, encoge las piernas, coge impulso con el fondo y para arriba ;)

Es curioso, yo tuve que recurrir al mismo articulo ayer mismo ante un tio que no para de insultarme en mi propio blog... si la costitucion estaba hecha en un momento delicado, recomiendo la lectura del articulo 19 de la declaración de los derechos humanos... porque los blogeros tambien somo humanos, ¿verdad?

Articulo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Bueno, animo bonita, estás en tu derecho de expresarte mientras no insultes a nadie (no les des ese gustazo).

Ánimo, si piensas que has hecho bien, si no has molestado a nadie, si hay alguien que se siente equivocadamente aludido... tu lucha, que no te censuren.

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